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Título II
Derechos y Obligaciones
Capítulo I
Derechos y Libertades Fundamentales
Artículo 10°- Disfrute de derechos.
La persona menor de edad será sujeto de
derechos; goza de todos los inherentes a la persona humana y de los específicos
relacionados con su desarrollo, excepto de los derechos políticos de
conformidad con la Constitución Política de la República.
No obstante, deberá cumplir las obligaciones
correlativas consagradas en el ordenamiento jurídico.
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