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Título II
Derechos y Obligaciones
Capítulo I
Derechos y Libertades Fundamentales
Artículo 10°- Disfrute de derechos. La
persona menor de edad será sujeto de derechos; goza de todos los inherentes a la persona
humana y de los específicos relacionados con su desarrollo, excepto de los derechos
políticos de conformidad con la Constitución Política de la República.
No obstante, deberá cumplir las obligaciones correlativas
consagradas en el ordenamiento jurídico.
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