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 Normativa >> Ley 7739 >> Fecha 06/01/1998 >> Articulo 11
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Normativa - Ley 7739 - Articulo 11
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Artículo 11
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11

Artículo 11°- Deberes. En el ejercicio de libertades y derechos, las personas menores de edad estarán obligadas a respetar las restricciones establecidas por la ley, la moral y el orden público. En particular, deben cumplir con los siguientes deberes:

a) Honrar a la Patria y sus símbolos.

b) Respetar los derechos y las garantías de las otras personas.

c) Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

d) Ejercer activamente sus derechos y defenderlos.

e) Cumplir sus obligaciones educativas.

f) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y cultura.

g) Conservar el ambiente.

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