1. Etapa I. Iniciación del proceso del ARP.
1.1 ARP iniciado por una vía de entrada.
Se refiere a la identificación de una
vía de entrada. usualmente de un producto básico importado, que puede posibilitar la
introducción y/o propagación de plagas cuarentenales. El requerimiento de un ARP nuevo o
revisión de uno anterior originado por una vía de entrada específica pueril surgir
generalmente de alguna de las siguientes situaciones:
a) Al iniciarse el comercio internacional de un nuevo
producto básico o un producto básico proveniente de un nuevo origen. En este caso, el
ARP se originará por una solicitud de importación, en cuyo caso se deberá referir al
reglamento técnico correspondiente ("Requisitos mínimos aplicables a situaciones
generales que deberán cumplir los vegetales, agentes de control biológico y otros
organismos de uso agrícola, que se pretenden importar cuando estos no estén establecidos
en un Reglamento Técnico específico").
b) Al importarse nuevas especies de plantas para
investigación científica.
c) Al identificarse una vía de entrada diferente a la
importación (propagación natural, correo, basura, equipaje de pasajeros, u otros.)
d) Al adoptarse una decisión para establecer o revisar la
reglamentación o los requisitos fitosanitarios relativos a productos básicos concretos.
e) Por un nuevo tratamiento, sistema o proceso, o
información que causa impacto en una decisión anterior.
1.2 ARP iniciado por una plaga.
Se refiere a la identificación de una
plaga que pueda considerarse como plaga cuarentenal. El requerimiento de un ARP nuevo o
revisión de uno anterior originado por una plaga específica puede surgir generalmente de
alguna de las siguientes situaciones:
a) Al surgir una situación de emergencia por el
descubrimiento de una infestación establecida o un brote de una nueva plaga dentro de un
área de ARP.
b) Al surgir una situación de emergencia por la
intercepción de una plaga nueva en un producto básico importado.
c) Al identificarse el riesgo de una plaga por la
investigación científica.
d) Al introducirse una plaga dentro de un área nueva fuera
del área del ARP.
e) Al reportarse una plaga como más dañina dentro de un
área nueva aparte de la propia área de ARP, que en su lugar de origen.
f) Al comprobarse que una plaga específica es interceptada
repetidamente.
g) Al adoptarse una decisión para establecer o revisar la
reglamentación o los requisitos fitosanitarios relativos a productos básicos concretos.
h) Al surgir una propuesta de otro país o de una
organización internacional.
i) Por un nuevo tratamiento, sistema o proceso, o
información que causa impacto en una decisión anterior.
1.3 Estudio de ARP anteriores.
Antes de proceder a realizar un nuevo
ARP se debe verificar si la plaga o la vía de entrada en cuestión ha sido sometida
previamente a este proceso, ya sea a nivel nacional o internacional. En el caso de que ya
existiera un ARP, se debe verificar su validez ya que pueden haber cambiado las
circunstancias. Se debe investigar también la posibilidad de utilizar un ARP similar que
pueda sustituir parcial o totalmente la necesidad de un nuevo ARP.
1.4 Conclusión de la etapa I.
Al final de la etapa I se deben haber
identificado plagas cuarentenales potenciales, ya sea individualmente o en asociación con
una vía de entrada.
2. Etapa II. Evaluación del riesgo de plagas.
En esta etapa se consideran las plagas
del punto anterior (1.4) individualmente y se evalúa cada una para determinar si se
cumplen los criterios para definirlas como plaga cuarentenal. Para determinar lo anterior,
se elaborará una ficha técnica de cada plaga que incluya la siguiente información
fundamentada bibliográficamente:
En la evaluación del riesgo se debe
considerar para cada plaga en particular los siguientes aspectos:
2.1 Criterios geográficos y regulatorios.
Las plagas serán determinadas como:
A1- Cuando la plaga no está presente en el país. En este
caso cumple con la definición de plaga de importancia cuarentenal.
A2- Cuando la plaga está presente en el país pero no ha
alcanzado sus límites de rango ecológico (distribución limitada) y está sujeta a un
control oficial, se considera como una plaga de importancia cuarentenal.
B- Si la plaga está presente en el país y ya cubrió sus
límites de rango ecológico (ampliamente distribuida), no se considera como una plaga de
importancia cuarentenal.
2.2 Criterios de importancia económica.
Para expresar la importancia económica
potencial de una plaga esta debe estar establecida y extendida. Para este efecto se debe
tomar en cuenta los siguientes factores:
2.2.1 Potencial de establecimiento.
Su evaluación está basada en la ficha
técnica. Se debe comparar cuidadosamente, la situación en el área de ARP con la de
donde está presente la plaga para evaluar su potencial de establecimiento, siendo útil
estudiar casos de plagas similares. Algunos factores a considerar son :
Disponibilidad, cantidad y distribución de hospederos
dentro del área de ARP.
Compatibilidad ecológica dentro del área de ARP.
Potencial de adaptación al ambiente.
Estrategia reproductiva de la plaga.
Forma de supervivencia de la plaga.
Uso del producto a importar.
Si la plaga no tiene un potencial de
establecimiento alto, el ARP se detiene en este punto y se define la plaga sin importancia
cuarentenal.
2.2.2 Potencial de propagación después del
establecimiento.
Su evaluación está basada en la ficha
técnica. Se debe comparar cuidadosamente la situación en el área de ARP, con la de
donde está presente la plaga para evaluar su potencial de propagación después del
establecimiento, siendo útil estudiar casos de plagas similares. Algunos factores a
considerar son:
Condiciones del ambiente natural y/o controlado,
conveniente para la propagación de la plaga.
Movimiento de la plaga con productos básicos o medios de
transporte.
Destino del producto.
Vectores potenciales de la plaga dentro del área de ARP.
Enemigos naturales de la plaga dentro del área de ARP.
Esta información se utiliza para
determinar la rapidez con que puede expresarse la importancia económica potencial de la
plaga dentro del área de ARP, siendo esto significativo si la plaga puede entrar y
establecerse en un área de baja importancia económica potencial y extenderse luego a
otra de gran importancia económica potencial.
2.2.3 Importancia económica potencial.
Para determinar si la plaga es de
importancia económica potencial, y para evaluarla, se debe obtener información confiable
proveniente de áreas donde la plaga esté establecida actualmente. Para cada una de
dichas áreas se debe registrar si la plaga causa daño mayor, menor o ninguno y si lo
hace con frecuencia o no y relacionarlo, si es posible, con efectos bióticos y
abióticos, especialmente el clima. Se debe comparar cuidadosamente la situación en el
área de ARP con la de donde está presente la plaga siendo útil estudiar casos de plagas
similares. Algunos factores a considerar son:
Tipo de daño.
Pérdidas de cultivos.
Pérdidas de mercados de exportación.
Incrementos en los gastos de control.
Efectos en los programas de manejo integrado de plagas que
estén en ejecución.
Daños al ambiente.
Capacidad para actuar como vectores de otras plagas.
Costos sociales.
Si la plaga no tiene importancia
económica potencial, ei ARP se detiene en este punto y se define la plaga sin importancia
cuarentenal.
2.3 Potencial de entrada.
Se deberán registrar las vías (entre
el país exportador y el destino) así como la frecuencia y cantidad de plagas asociadas
con ellas y que posibiliten la entrada de la plaga al país. Las vías potenciales no
existentes actualmente, deben también ser evaluadas en el caso de conocerse. Algunos
factores a considerar son:
Tipo de producto básico.
Volúmenes de importación.
Oportunidad de contaminación de los productos o medios de
transporte para la plaga.
Supervivencia de la plaga en las condiciones ambientales
del transporte.
Facilidad o dificultad de detección de la plaga en puntos
de inspección a la entrada.
Frecuencia y cantidad de movimiento de la plaga hacia el
área de ARP por medios naturales.
Frecuencia y número de personas que entran de otro país
por cualquier punto de entrada.
Si la plaga no tiene un potencial de entrada alto, el ARP
se detiene en este punto y se define la plaga sin importancia cuarentenal.
2.4 Conclusión de la etapa II.
Si la plaga se ajusta a la definición
de plaga de importancia cuarentenal, se debe recurrir a la opinión de expertos para
examinar la información obtenida y decidir si la plaga tiene suficiente importancia
económica potencial y potencial de introducción (suficiente riesgo para que se
justifiquen las medidas fitosanitarias). De ser así se procederá con la etapa III.
3. Etapa III. Manejo del riesgo de plagas,
El manejo del riesgo para proteger el
área en peligro debe ser proporcional al riesgo identificado en la evaluación de riesgo
de , plagas y basado en la información obtenida en la misma.
3.1 Opciones para el manejo del riesgo.
Agrupar en una lista, las opciones para
reducir los riesgos hasta un nivel aceptable que serán referidas en primer lugar a las
vías de entrada y en particular a las condiciones para permitir la entrada de productos
básicos. Algunos factores a considerar son:
Inclusión en una lista de plagas prohibidas.
Inspección fítosanitaria y certificación antes de la
exportación (verificación en origen).
Definición de requisitos a ser cumplidos antes de la
exportación (e.g. tratamiento, origen desde áreas libres de la plaga, producto libre de
la plaga, inspección durante el período de cultivo, y otros).
Inspección a la entrada.
Tratamiento a la entrada, estación de inspección o en el
lugar de destino.
Detención en cuarentena posentrada.
Medidas de posentrada (restricciones al uso del producto,
medidas de control).
Prohibición de entrada de productos específicos
provenientes de orígenes específicos.
Estas opciones pueden referirse también
a maneras de reducir el riesgo de daño, por ejemplo, introducción de un agente de
control biológico o facilidad de erradicación o contención.
3.2 Eficacia e impacto de las opciones.
Se evaluará la eficacia y los efectos
de las diversas opciones para reducir el riesgo a un nivel aceptable, teniendo en cuenta
los siguientes factores:
Efectividad biológica.
Relación costo/beneficio de la ejecución.
Impacto sobre reglamentos existentes.
Impacto comercial.
Impacto social.
Tiempo necesario para poner en práctica un nuevo
reglamento.
Eficacia de la opción contra plagas cuarentenales.
Impacto ambiental.
Los aspectos positivos y negativos de
las opciones deben quedar especificados. Se debe tomar nota del principio "impacto
mínimo": "Las medidas fitosanitarias deben ser consecuentes con el riesgo de la
plaga en cuestión y representarán las medidas menos restrictivas disponibles que
resulten en el mínimo impedimento al movimiento internacional de personas, productos y
medios de transportación". Las medidas fitosanitarias recomendadas deberán basarse
en todos los factores antes mencionados. A _fin de determinar las soluciones apropiadas,
es de conveniencia ponerse en contacto con los grupos interesados y afectados dentro y
fuera del área de ARP.
3.3 Conclusión de la etapa III.
Después de ser puestas en práctica las
medidas fitosanitarias en un reglamento técnico específico, deberá monitorearse su
efectividad y si fuera necesario, revisarse las opciones para el manejo del riesgo.
4. Documentación del proceso de ARP.
5. Costo de la ARP. Queda autorizado el servicio para
efectuar el cobro correspondiente de los costos en que se incurra en la elaboración de
los estudios técnicos que se requiera en la elaboración de Análisis de Riesgos de
Plagas (ARP).
Un análisis de riesgo de plagas
cuarentenales debe estar suficientemente documentado, de tal manera que cuando se efectúe
una revisión o surja una controversia, el ARP contenga claramente las fuentes de
información y los razonamientos utilizados para llegar a la decisión de manejo con
relación a las medidas fitosanitarias.