TITULO VI
DEL COMBATE DE PLAGAS EN LOS VEGETALES
Artículo 65.De la
Clasificación de las plagas. La Dirección determinará oficialmente si una plaga
presente en el país es de importancia económica y/o cuarentenal, para lo que llevará a
cabo las siguientes acciones:
1. Diagnóstico de la plaga en el cultivo afectado.
2. Determinación del nivel de daño.
3. Importancia económica del cultivo.
4. Determinar el área afectada.
5. Otras que se consideren necesarias.
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