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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26921 >> Fecha 20/03/1998 >> Articulo 152
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26921 - Articulo 152
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Artículo 152
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    Artículo 152.—De la acreditación para servicios fitosanitarios internacionales. La jefatura del Departamento de Servicios Fitosanitarios Internacionales recomendará a la Dirección, cuando así se requiera, investir de autoridad fitosanitaria a otros funcionarios calificados de instituciones públicas nacionales o de organismos internacionales con los que se hayan suscrito convenios de cooperación técnica, financiera o administrativa para ejecutar las tareas específicas.

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