-
Acciones fitosanitarias: Véase Medidas Fitosanitarias.
-
Acta: Documento mediante el cual se dan recomendaciones de carácter
técnico, o bien se da constancia del cumplimiiento o
no de recomendaciones o bien la ejecución de medidas fitosanitarias de acuerdo
con la Ley de Protección Fitosanitaria y sus reglamentos complementarios.
-
Acreditación: Es el procedimiento por el cual la Administración Pública
autoriza a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas así como
laboratorios, que cumplen con los requisitos técnicos y de idoneidad material y
profesional exigidos en las normas vigentes, para ejecutar tareas específicas o
proveer servicios específicos en el soporte total o parcial del cumplimiento de
las obligaciones oficiales.
-
Agencia certificadora de agricultura orgánica: Persona física o jurídica
debidamente autorizada y acreditada por la Dirección, que en el cumplimiento
del presente reglamento, expide o extiende el certificado de producción
orgánica.
-
Agente de Aduana. Profesional auxiliar de la función pública autorizado
por el Ministerio de Hacienda para actuar, en su carácter de persona natural,
con las condiciones y requisitos establecidos en el Código Aduanero Uniforme
Centroamericano y la Ley General de Aduanas, en la prestación habitual de
servicios a terceros, en los trámites, regímenes, y las operaciones aduaneras.
-
Agente de Control Biológico: Enemigo natural, antagonista o competidor u
otra entidad biótica capaz de reproducirse, utilizados para el control de
plagas.
-
Agricultura Orgánica, Ecológica o Natural: Todo sistema de producción
sostenible que prescindiendo del uso de insumos de síntesis química artificial,
brinde productos sanos y competitivos para el productor, promoviendo la
conservación y el mejoramiento de] ambiente y la biodiversidad del ecosistema.
La agricultura ecológica o biológica es sinónimo de agricultura orgánica.
-
Agricultura Sostenible: Sistema productivo social, económico y
ambientalmente racional que procura la mayor eficiencia, para satisfacer las
necesidades de las generaciones presentes y futuras.
-
Análisis biológico: Ensayos que se realizan para determinar el contenido
de sustancias biológicas.
-
Análisis de identidad y calidad: Análisis para caracterizar el tipo de
sustancias químicas, biológicas,bioquímicas y afines
de uso en la agricultura, y sus propiedades físicas, químiias
y biológicas en la formulación.
-
Análisis de Riesgo de Plagas (ARP)- Evaluación del riesgo de plagas y
manejo del riesgo de plagas.
-Análisis de residuos: el procedimiento analítico para determinar la
presencia de residuos de plaguicidas en productos para el consumo humano o
animal.
Queda excluido de esta categoría
todo producto de origen vegetal que por su naturaleza no pueda ser consumido
por humanos ni animales en su estado natural y por lo tanto ser de uso
exclusivo para procesos industriales que degraden eventuales residuos de
plaguicidas.
(Así adicionada la definición anterior por el artículo 2°
del decreto ejecutivo N° 39565 del 7 de marzo de 2016)
-
Aplicaciones certificadas: Son todos aquellos tratamientos con
plaguicidas de uso restringido, que son aplicados o supervisados por un
aplicador certificado en el control de plagas y enfermedades agrícolas.
-
Aplicador certificado: Persona física o jurídica calificada para aplicar
o supervisar tratamientos con plaguicidas de uso restringido, el cual debe
estar autorizado por la Dirección.
-
Area: Un país determinado, parte de un país,países completos o partes de diversos países, que se
han definido oficialmente.
-
Area de ARP: Un área en relación con la
cual se realiza un análisis de riesgo de plagas.
-
Area en peligro: Un área en donde los
factores ecológicos favorecen el establecimiento de una plaga cuya presencia
dentro del área daría como resultado importantes pérdidas económicas.
-
Area libre de plagas: Un área en donde
no está presente una plaga específica, tal como haya sido demostrado con
evidencia científica y dentro de la cual, cuando sea apropiado, dicha condición
se mantenga oficialmente.
-
Armonización: Establecimiento, reconocimiento y aplicación por parte de
varios países, de medidas fitosanitarias basadas en normas comunes.
-Autoridad
Fitosanitarla o lnspector:
Persona autorizada o acreditada por la Dirección, encargada de aplicar la
regulación fitosanitaria vigente.
-Autorización
Fitosanitaria de Tránsito: Documento oficial que se emite para el ingreso
en tránsito de vegetales, sustancias químicas, biológicas, bioquímicas y
afines, agentes de control biológico y otros tipos de organismos para uso en la
agricultura, por el territorio nacional, sujeto al cumplimiento de los
requisitos fitosanitarios establecidos.
-Autorización
previa: Docuimento oficial que contiene los
requisitos fitosanitarios para la importación de vegetales, agentes de control
biológico y otros tipos de organismos para uso en la agricultura.
-
Banco de Germoplasma: Material vegetal con similitud genética usado para
investigación, propagación o colección de plantas.
-Base
de datos de Exportación: Información técnica y legal que se utiliza para
conformar la inscripción y registro con el que se establece el control Fitosanitario
de lo relacionado con los envíos de plantas y productos vegetales.
-Bioseguridad:
Las normas, mecanismos y medidas para garantizar la seguridad para la salud y
el ambiente en la investigación, desarrollo, producción, aplicación, liberación
e introducción de organismos modificados por medio de ingeniería genética,
material genético manipulado por dichas técnicas. Comprende las fases: uso,
contenido, liberación intencional al ambiente y comercialización de los
productos.
-Biotecnología:
Toda aplicación tecnológica que utilice sus temas biológicos y organismos
vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos
para usos específicos.
-Certificación
Fitosanitaria: Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición
de un Certificado Fitosanitacio.
-Certificación
de Tratamiento: Verificación y supervisión oficial de un tratamiento a las
plantas o productos vegetales para su exportación.
-Certificación
"In situ": Inspección de plantas o productos vegetales de exportación,
en su lugar de producción y/o empaque.
-Certificado:
Documento oficial que da fe de que el producto que ampara, ha cumplido con las
normativas y requisitos del presente reglamento.
-
Certificado Fitosanitario: Certificado diseñado según los modelos de la
Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.
-
Certificado Fitosanitario de Operación: Documento oficial otorgado a
toda persona física o jurídica que se dedica a la producción, procesamiento,
empaque y/o envío de plantas y productos vegetales, en cumplimiento de los
requisitos fitosanitarios establecidos.
-
Certificado Fitosanitario de Reexportación: Documento oficial que se
emite de acuerdo con la Convección Internacional de Protección Fitosanitaria
para certificar el estado fitosanitario de las plantas y productos vegetales de
origen extranjero que serán enviadas a otro país.
-
Certificado Orgánico: Documento que da fe que el producto orgánico que
ampara, ha cumplido en todas sus etapas con las normativas y requisitos
establecidos en la legislación vigente y sus reglamentos.
-
Ciclo biológico: Diferentes etapas o estadíos
por los cuales pasa un organismo durante el desarrollo de su vida.
-
Cierre Temporal: lnhabilitación de la
operación por un período, de un establecimiento donde se empaquen plantas o
productos vegetales para la exportación, o donde se expendan sustancias
químicas, biológicas, bioquímnicas o afines, y
equipos de aplicación de éstas para uso en la agricultura.
-
CITES: Siglas correspondientes a la Convención Internacional para la
Protección de Especies y Fauna en peligro de Extinción.
-
Colección de referencia: Recopilación de especímenes de organismos
debidamente clasificados que causan daños potenciales a los vegetales, agentes de
control biológico y otros organismos usados en la agricultura, y que son usados
como parámetro de comparación.
-
Combate de plaga: Ver Control de plagas.
-
Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad: Organo
auxiliar de consulta del Estado en ingeniería genética y bioseguridad, el cual
está integrado por un cuerpo colegiado de especialistas en materias
relacionadas.
-
Control Autocida: Método de lucha en el cual
para combatir una plaga de insectos, se emplean insectos estériles de su misma
especie. Es también conocido como "Técnica del Insecto Estéril" (TIE
o S.I.T.).
-
Control Biológico: Estrategia de control contra las plagas en la que se
utilizan enemigos naturales, antagonistas o competidores vivos u otras
entidades capaces de reproducirse.
-
Control Cuarentena: Ver Control de Plagas. Control de Plagas: La
supresión, contención o erradicación de una población de plagas.
-
Control Fitosanitario: Inspección y comprobación del estado
fitosanitario de las plantas y productos vegetales realizada en fincas,
viveros, empacadoras y puntos de salida.
-
Cuarentena: Confinamiento oficial de plantas o productos vegetales
sometidos a reglamentaciones fitosanitarias para observación e investigación o
para inspección, pruebas y/o tratamientos adicionales.
-
Cuarentenal: Perteneciente o relativo a la cuarentena.
-
Cuarentena Externa: Ver Cuarentena Vegetal.
-Cuarentena
Interna: Conjunto de medidas fitosanitarias, de disposiciones legales Y
administrativas dictadas y/o puestas en ejecución con el objeto de que una plaga
vegetal exótica y/o establecida, se pueda erradicar o mantener confinada en un
área, retardar su diseminación o mantener áreas libres de ellas dentro del
país.
-
Cuarentena Vegetal: Toda actividad destinada a prevenir la introducción
y/o propagación de plagas de cuarentena o para asegurar su control oficial.
-
Cuarentena Posentrada: Cuarentena aplicada a
un envío después de su entrada al país.
-
Declaración Adicional: Declaración requerida por el país importador que
se ha de incorporar al certificado fitosanitario y que contiene información
adicional específica referente a las condiciones fitosanitarias de un envío.
-
Declaración Aduanera: Documento oficial de la Dirección General de
Aduanas donde se consigna las mercancías, clasificadas y descritas conforme al
Arancel General de Aduanas.
-Declaración
oficial de plagas: Acto exclusivo de la Dirección de Servicios de
Protección Fitosanitaria mediante el cual se oficializará la presencia de una
plaga en el país.
-
Declaratoria de Emergencia Fitosanitaria: Es la declaracin
iiiediitiite decreto ejecutivo, emitida por el
Ministerio para el control de una pliga de
importancia económica y/o cuarentenaria.
-
Decomiso: Consiste en la pérdida de la propiedad que experimenta el
dueño, en favor del Estado, de los bienes que han sido causa o instrumento de
una infracción, en los casos sefialados en la Ley y
sus reglamentos.
-
Desecho de productos: Residuos de origen vegetal y otras materias
contaminantes localizados o detectados contaminando los productos, elementos y
medios de transporte.
-
Destrucción: Eliminación total o parcial de vegetales, agentes de
control biológico y otros tipos de organismos, sustancias químicas, biológicas
o afines para uso en la agricultura, así como sus empaques,envases
y cualquier mercadería peligrosa para los vegetales, el ambiente y la salud
humana, mediante la utilización de procedimientos técnicamente aprobados.
- Detección de Plagas: Ver Encuesta.
- Diagnosticar: Es el análisis del conjunto de signos
físicos, clínicas y epidemiológicos observados en las plantas, sus productos o
subproductos que permiten descartar o coiifirjiiar la
presencia de una plaga.
-
Diagnóstico de plagas: Operación tétécnica
para determinar, exacta y cuidadosamente por medio de un análisis, las características
propias de una plaga.
-
Director: Máxima autoridad técnico y administrativo de la Dirección.
-
Dirección: Dirección de Servicios de Protección Fitosanitaria del
Ministerio de Agricultura y Ganadería. Dependencia del Ministerio encargada de
velar por la correcta ejecución a nivel institucional de los objetivos y
competencias que que la Ley de Protección de
Fitosanitaria, su Reglamento y demás Reglamentos Técnicos le confiere al mismo
en materia de protección fitosanitaria.
-
Diseminación: Ver Propagación.
-
Diversidad bioIógica:. Se entiende como la
variabilidad de organismos vivos en cualquier fuente incluidos, entre otros los
ecosistenias terrestres y marinos, así como otros
ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte,
comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los
ecosistemas.
- Elementos de transporte:
Envoltura, empaque, paleta y otros dispositivos protectores de las plantas, y
productos vegetales y mercancías que previenen daños posibles durante su
manipulación, comercio, almacenaje y transporte.
-
Empacadora:
Lugar destinado al empaque y tratamiento de plantas y productos vegetales y/o
sus partes para la exportación debidamente autorizado, mediante el Certificado
Fitosanitario de Operación.
-
Empaque:
Medios en los que las plantas o productos vegetales y otras mercaderías son
dispuestas para el transporte, comercialización o almacenamiento. Incluye los
medios que sirven para acondicionar, envolver y rellenar los productos y sus empaques.
-
Encuesta:
Procedimiento metódico para determinar las características de una población de
plaga o para determinar las especies presentes dentro de un área.
-
Envío:
Cantidad de plantas. productos vegetales, agentes de control biológico, otros
organismos de uso agrícola y elementos de transporte moviéndose de uno a otro
país, y que están cubiertos por un solo certificado fitosanitario (El envío
puede estar compuesto por uno o más lotes).
-
Equipo de Aplicación:
Instrumento usado para la aplicación de sustancias químicas, biológicas,
bioquímicas o afines de uso en la agricultura tanto en estado líquido, sólido y
gaseoso.
-
Erradicación:
Aplicación de medidas fitosanitarias para eliminar una plaga de un área.
-
Establecimiento de
plaga: Perpetuación para el futuro previsible, de una plaga
dentro de un área después de su entrada.
-
Estación de cuarentena
agropecuaria: Establecimiento oficial para la aplicación de las
medidas fitosanitarias y administrativas en el control sanitario y
fitosanitario de los productos agropecuarios, y del control de las sustancias
químicas, biológicas, bioquímicas o afines y los equipos de aplicación de éstas
para uso en la agricultura, localizado en los puntos de ingreso al país.
-
Estado de emergencia:
Situación declarada por decreto ejecutivo para atender una amenaza de
establecimiento de propagación y/o una plaga de importancia ecológica o
cuarentenas.
-
Etiqueta:
Material impreso o inscripcióngráfica, escrito en
caracteres legibles, que identifican y describen al producto contenido en el
envase que acompaña.
-
Evaluación de riesgo de
plagas: Determinación de si una plaga es una plaga de
cuarentena y la evaluación de su potencial de introducción.
-
Evaluación orgánica:
Procedimiento sistemático de verificación del grado en que el desempeño de un
programa de certificación, inspección, producción y proceso, cumple con
requerimientos específicos.
-
Examen:
Procedimiento y medida de prevención cuyo propósito es determinar la condición
fitosanitaria de las plantas y productos vegetales mediante la observación
técnica.
-
Exportador:
Persona física o jurídica que envíe a otros países plantas y/o productos
vegetales que se ajusten a las disposiciones del presente Reglamento.
-
Exportador Ocasional:
Toda persona física o jurídica que se le ha cancelado su inscripción o que
nunca antes ha exportado, pudiendo realizar hasta 6 envíos al año.
-
Finca en transición:
Finca que se encuentra en un período de pasar de otros sistemas de producción
al sistema orgánico, de acuerdo con un plan de transformación debidamente
establecido.
-
Gen:
Unidad básica hereditaria, que se localiza en los cromosomas de las células y
se duplica durante cada división celular; este mecanismo permite la transmisión
de los caracteres hereditarios del organismo progenitor a sus descendientes.
-
Germoplasma:
Conjunto formado por el total del material hereditario -o banco genético- que
contiene todas las posibles variaciones que presentan una o varias especies,
poblaciones y grupos, entre otros.
-
Granos básicos:
Frijoles, arroz, maíz y sorgo.
(Así reformada la
definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 39565 del 7 de
marzo de 2016)
-
Huésped, Hospedante u
Hospedero: Vegetales, agentes de control biológico y otros
organismos usados en la agricultura que son invadidos por un organismo parásito
y de los cuales éste obtiene sus nutrientes.
-
Importador:
Persona física o jurídica que introduce al país vegetales, organismos, sustancias
químicas, biológicas y afines, equipo de aplicación de uso en la agricultura.
-
Ingeniería genética:
Conjunto de técnicas de manipulación de ácido desoxirribonucleico y ácido
ribonucleico recombinante "in vitro" o bajo condiciones especiales de
laboratorio.
-
Inspección:
Examen visual oficial realizado por la autoridad filosanitaria
a vegetales, organismos, sustancias química, biológicas, bioquímicas o afines y
equipos de aplicación de uso en la agricultura y a cualquier otro bien, elementos
y medios de transporte, equipajes, pasajeros, instalaciones, predios y áreas de
cultivo para determinar el cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias
vigentes.
-
Inspección orgánica:
Labor de evaluar, visitar, controlar, fiscalizar o verificar la naturaleza
orgánica de procesos e instalaciones apropiadas para los mismos, que realiza un
inspector a requerimiento de una Agencia Certificadora o la Dirección.
- Inspector: Ver
Autoridad Fitosanitaria.
-
Inspector de Agricultura
Orgánica: Persona física capacitada para realizar inspecciones
tendientes a otorgar Certificación Orgánica, tanto a nivel de finca como de
proceso de industrialización, con las funciones y forma de nombramiento que
señala este reglamento.
- Intercepción de una plaga:
Detección de una plaga durante la Inspección de sin envío importado o
exportado.
-
Introducción de una
plaga: Entrada de una plaga que resulta en su establecimiento.
-
Insumos Agrícolas:
Sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o afines, y sus equipos de
aplicación de uso en la agricultura.
-
lnsumo filosanitario:
Cualquier sustancia o mezcla utilizada en el control de plagas de los vegetales
tales como plaguicidas, agentes de control biológicos, material transgénico,
feromonas atrayentes y variedad de plantas cultivadas resistentes a plagas.
-
Intersección de una
plaga: Detección de una plaga durante la inspección de un envío
importado o exportado.
-
Introducción de una
plaga: Entrada de una plaga que resulta en su establecimiento.
-
Laboratorio acreditado:
Ver Acreditación.
-
Laboratorio de
reproducción vegetal: Instalación dispuesta y equipada para la
investigación, experimentación en tareas científicas y de producción con el
objeto de llevar a cabo la reproducción sexual y asexual de plantas con fines
comerciales.
-
Liberación de un envío:
Resolución final positiva una vez concluido el control fitosanitario.
-
Liberación en el medio
ambiente: El uso de sin producto manipulado fuera de los
límites de un confinamiento físico normal de un recinto cerrado, laboratorio,
invernadero, fermentado o cualquier otra estructura cerrada, bajo las
condiciones de bioseguridad que establezca el Ministerio.
-
Libre ingreso:
Derecho de los funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería o
personas autorizadas, de ingresar a la propiedad pública o privada a realizar
funciones fitosanitarias.
-
Libro Oficial:
Es aquel libro donde se anotan las inspecciones, observaciones, inscripciones,
registro, procedimientos oficiales y recomendaciones que realiza la Dirección.
-
Lugar o País de Origen:
Lugar o país donde fue: cultivado el vegetal; fabricada o formulada una
sustancia química, biológica, bioquímica o afín, equipo, de aplicación de uso
en la agricultura.
-
Manejo de riesgo de
plagas: Proceso para toma de decisiones con el fin de reducir
el riesgo de entrada y de establecimiento de una plaga de cuarentena.
-
Manejo Fitosanitaria:
Todas aquellas prácticas que se llevan a cabo durante el proceso de cultivo,
producción, cosecha, postcosecha, empaque, transporte
y almacenamiento de las plantas y productos vegetales para garantizar su
sanidad.
-
Manejo Integirado de Plagas (MIP): Utilización
racional de combinaciones técnicas diseñadas para manipular poblaciones de
plagas o el control de las mismas a un nivel que nos permita lograr un buen
combate de ellas al menor costo con un daño mínimo del ambiente.
-
Manifiesto o declaración
de carga: Documento o medio informativo reconocido oficialmente
en el que se consigna y describe la información detallada de los diferentes
envíos o cargamentos que son transportados por determinado medio de transporte.
-
Material de Empaque:
Ver Elementos de transporte.
-
Material de Propagación:
Cualquier planta o parte de ella utilizada para reproducción sexual o asexual.
-
Material Genético:
Se entiende todo material de origen vegetal, animal microbiano o de otro tipo
que contenga unidades funcionales de la herencia.
-
Material Transgénico:
Genotipos modificados artificialmente que, debido a sus características de
multiplicación y permanencia en el ambiente, tienen capacidad para transferir a
otro organismo genes recombinantes.
-
Medidas de Mitigación:
Métodos, procesos y medidas de seguridad usados para el manejo, tratamiento y
disposición del producto modificadogenéricamente.
-
Medidas Fitosanitarias:
Cualquier legisIación, reglamento o procedimiento
oficial para prevenir o restringir la introducción y/o difusión de plagas de
las plantas y productos, así como para regular, controlar las sustancias
químicas, biológicas, bioquímicas o afines, agentes de control biológico, otros
tipos de organismos, equipos de aplicación para uso en la agricultura.
-
Medidas Técnicas:
Ver Medidas Fitosanitarias.
-
Medio ambiente:
El suelo, el aire o agua y todos los organismos vivientes que están asociados o
permanecen en estos elementos.
-
Medios de transporte:
Cualquier vehículo, terrestre, aéreo, marítimo o lluvia que sea utilizado en el
movimiento nacional o internacional de personas, plantas, productos vegetales, sustancias
químicas, biológicas, bioquímicas o afines, agentes de control biológico, otros
tipos de organismos para uso en la agricultura, cargas o mercancías en general.
-
Ministerio:
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
-
Ministro:
Ministro de Agricultura y Ganadería, máximo jerarca del Ministerio.
-
Norma:
Disposición técnica establecida y aprobada que dispone el uso común y constante
de reglas, directrices o características para diversas actividades o sus
resultados y que tiende al logro de un grado óptimo de ordenamiento dentro de
un contexto dado.
-
Notificación:
Documentación Oficial mediante el cual se hace saber a una persona física o
jurídica de una resoltición oficial con las
formalidades prescritas.
-
Ocupante:
Persona que posee un inmueble a título de dueño, heredero, arrendatario,
adjudicatario o en forma precaria.
-
OIRSA:
Organismo Internacional Regional de la Sanidad Agropecuaria.
-
OMC:
Organización Mundial de Comercio.
-
Organismo Receptor:
Un organismo que recibe material genético de un organismo donador.
-
Organismo Transgénico:
Cualquier organismo modificado resultante de la inserción, selección, rearreglo, manipulación del ADN o ARN, por medio de
técnicas de ingeniería genética.
-
Pequeño productor:
es aquel cuya actividad económica se basa en la actividad agropecuaria, la cual
realiza fundamentalmente, mediante el empleo de su mano de obra familiar,
además, se caracteriza por realizar su actividad productiva en terrenos
propios, con acceso legal a la tierra o sobre la cual al menos tiene
expectativas fundadas de control.
-
Permiso de desalmacenaje: Permiso concedido por el
Departamento de Control de lnsumos Agrícolas a una
persona física o jurídica, mediante el cual se autoriza para llevar a cabo la
importación de sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o afines y los
equipos de aplicación de uso agrícola.
-
Permiso Fitosanitario de
Importación: Ver Autorización Previa.
-
Plaga:
Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino
para las plantas o productos vegetales.
- Plaga cuarentenal:
Aquella que puede tener importancia económica potencial para el área en
peligro, aún cuando la plaga no existe o, si existe,
no está extendida y se encuentra bajo control oficial.
-
Plaga de Importancia
Económica: Plaga existente y dispersa en el país que por los
daños que produce a los vegetales, ocasiona pérdidas a nivel económico.
-
PIaga Exótica: Son aquellas
que no existen en un área y cuya presencia nunca ha sido comprobada
científicamente.
-
Plagas Introducidas:
Plaga exótica que ha ingresado a un área y que está en proceso de
establecimiento y propagación.
-
Plan de Emergencia o
Contingencia: Conjunto de disposiciones y acciones, tendientes
a prevenir, controlar o erradicar una plaga en un área y tiempo determinados.
-
Plantas:
Cualquier miembro del reino Vegetal, sus partes incluyendo las semillas.
-
Plazo prudente:
Es el tiempo que se brinda para que sean ejecutadas las medidas dictadas.
-
Portador:
Elemento que puede ayudar a diseminar algún tipo de plaga de un lado a otro.
-
Porteador:
Ver Portador.
-
Predio:
Infraestructura, áreas, terrenos autorizados expresamente por la Dirección
General de Aduanas, donde se almacenan temporalmente mercancías importadas y
exportadas. Tierra, hacienda, posesión de una finca o solar en que se
encuentran plantas.
-Procedimiento cuarentenas:
Método prescrito oficialmente para realizar inspecciones, pruebas, encuestas o
tratamientos en relación con la cuarentena vegetal.
-Producto básico:
Planta, producto vegetal, medios y elementos de transporte que se trasladan con
fines de comercio.
-Producto manipulado o transgénico:
Material de origen o microbiano sujeto a recombinaciones "in vitro" o
en condiciones especiales de laboratorio, mediante la aplicación de ingeniería
genética.
-
Productos No
Tradicionales de Exportación: Cualquier planta o producto
vegetal excepto café en grano, cacao en grano, fruta de banano, azúcar de caña
y granos básicos.
-
Producto Procesado:
Aquellos productos que por el proceso de transformación a que han sido
sometidos, han perdido la capacidad de inducir riesgos de la propagación de
plagas.
-
Productos Vegetales:
Materiales no manufacturados de origen vegental
(comprendidas las semillas y granos), y aquellos productos manufacturados que por
su naturaleza o por la de su procesamiento, puedan crear riesgos de la
propagación de plagas.
-
Programa Fitosanitario:
Declaración sobre las prácticas que se elfectúan
durante el proceso de producción y manejo postcosecha.
-
Propagación de plantas:
Procedimiento utilizado para la reproducción de pantas, sea vía sexual o
asexual.
-
Propagación o
diseminación de plagas: Expansión de la geografía de una plaga
dentro de un área.
-
Protección
Fitosanitaria: Ver Medidas Fitosanitarias.
-
Prueba de Eficacia
Biológica: Evaluación de cualquier sustancia, química,
biológicas, bioquímica, eficientes de control biológico o afin,
para determinar el grado de control de una plaga.
-
Puesto:
Establecimiento oficialmente designado para la aplicación de medidas filosanitarias.
-
Punto de entrada o
salida: Aeropuerto, puerto marítimo o fluvial, puesto
fronterizo terrestre oficialmente designado para la movilización de envíos,
otras mercancías y pasajeros.
-
Rastrojo:
Residuo de las plantas que quedan en el campo después de la cosecha o por haber
sido abandonadas.
-
Reacondicionamieto:
Es la supresión o modificación de las condiciones que constituyen riesgo
fitosanitario o dificultan su manejo en envíos vegetales, así como en elementos
y medios de transporte.
-
Rechazo:
Prohibición de la entrada de un envío, sustancias químicas, biológicas,
bioquímicas o afines y equipos de aplicación, cuando éstos no satisfacen la
reglamentación fitosanitaria.
-
Redestino:
Traslado de un envío de una aduana externa a una aduana interna, previo
cumplimiento de la normativa cuarentenal vigente.
-
Reenvasador, Reempacador:
Persona física o jurídica autorizada por el titular del registro y la
Dirección, para subdividir con fines comerciales una sustancia química,
biológica, bioquímica o afín de uso en la agricultura.
-
Reexpedición:
Es el impedimento de entrada y devolución al país de origen o de su reembarque
a otro destino, que se aplica a un envío con riesgo de plaga o sustancias
químicas, biológicas, bioquímicas o afines de uso en la agricultura que no
cumple con las disposiciones legales vigentes.
-
Reexportación:
Es el envío hacia otro país, de productos previamente importados.
-
Registrante:
Persona física o jurídica que debe satisfacer los requisitos, técnicos y
locales solicitados por la Dirección para el registro de sustancias químicas,
biológicas, bioquímicas o afines y equipo de aplicación de uso en la
agricultura.
-
Registro:
Procedimiento aprobado para el manejo de la información producto de la
aplicación de la Ley y su reglamentación.
-
Reglamento Técnico:
Instrumento legal en el que establecen las características de bienes o sus
procesos y métodos de producción conexos con inclusión de las disposiciones
administrativas apiicables y cuya observancia es
obligatoria.
-
Reglamento Técnico
respectivo: Instrumento legal en el que se regula la materia
relativa a las sustancias químicas, biológicas, bioquímicas y los equipos para
aplicarlas de uso en la agricultura, que son:
Reglamento
sobre Registro, Uso y Control de Plaguicidas Agrícolas y Coadyuvantes.
NCR
208: 1997. Plaguicidas, Etiquetas y Panfletos.
RTCR
316: 1997. Fertilizantes, Material Técnico y Sustancias Afines. Registro.
RTCR
317: 1997. Fertilizantes, Material Técnico y'Sustancias
Al-ines. Etiquetado.
RTCR
321: 1997. Registro y Examinación de Equipos de Aplicación de Sustancias
Químicas y Biológicas de Uso Agrícola. Reglamento.
Reglamento
sobre Importación de Materias Primas, Procesamiento, Control de Calidad,
Almacenamiento, Uso, Manejo Seguro y Disposición de Desechos de Bolsas Tratadas
con Insecticidas para uso agrícola.
Reglamento
para el Control de Sustancias Químicas y Biológicas de Uso en la Agricultura.
Reglamento
para el análisis de residuos de sustancias químicas y biológicas en la
Agricultura.
RTC
229: 1996. Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas en Vegetales.
-
Regulación
Fitosanitaria: Ver Medidas Fitosanitarias.
-
Reproducción Asexual:
Métodos de reproducción de plantas en el cual no intervienen las partes
sexuales de la misma.
-
Reproducción Sexual:
Multiplicación de organismos o microorganismos que consiste en la fusión de dos
células distintas y que da origen a un nuevo individuo.
-
Requisitos ritosanitarios: Disposiciones oficiales
fitosanitarias que deben de cumplir las plantas y productos vegetales, agentes
de control biológico y otros organismos usados en la agricultura para su
importación o expotación.
-
Residuo:
Es aquella cantidad de sustancias químicas, biológica, bioquímicas que quedan
en los vegetales y en extractos ambientales, después de una aplicación del
mismo.
-
Restringir:
Circunscribir a un cierto límite la acción o efecto.
-
Retardar:
Detener, diferir, entorpecer el desarrollo o avance de una plaga.
-
Retención:
Mantenimiento de un envío, o de sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o
afines y equipos de aplicación, en custodia o confinamiento oficial por razones
fitosanitarias e incumplimiento de las regulaciones establecidas.
-
Riesgo Fitosanitario:
Probabilidad de que un envio esté contaminado.
-
Seguimiento posentrada: Ver Cuarentena Posentrada.
-
Semillas:
Parte sexual o asexual de la planta para reproducción, y no para consumo o
proceso.
-
Servicio:
Servicio Fitosanitario del Estado, comprende la totalidad de las funciones y
atribuciones legalmente establecidas, por la Ley de Protección Fitosanitaria su
reglamento y reglamentos técnicos en materia de protección fitosanitaria, las
cuales son ejecutadas por el Ministerio de Agricultura a través de las
diferentes dependencias ministeriales involucradas.
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Servicios para la
importación o exportación de productos: Todos los servicios que
presta la Dirección de Servicios de Protección Fitosanitaria, consistentes en:
autorizaciones, certificados, certificaciones, inspecciones, inscripciones,
custodios, supervisión, tratamientos, análisis de laboratorios, registros,
autorizaciones de operación, marchamos, acreditaciones, capacitaciones,
consultarías, asesoramiento, material divulgativo, venta de organismos de
control fitosanitario para uso en la agricultura.
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SIF: Ver
SITC.
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SITC:
Servicio Internacional de Tratamientos Cuarentenarios.
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Sistema de información:
Conjunto de registros, base de datos, resultados u otra información relevante
clasificados, derivados de la aplicación de la normativa fitosanitaria.
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Suelo:
Material mineral que en la mayoría de los casos consiste de una mezcla de roca desintergrada con una mezcal de
materia orgánica y sales solubles.
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Suplidor:
Persona física o jurídica que provee un envío.
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Sustrato:
Cualquier medio capaz de sustentar la vida de las plantas.
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Tolerancia:
Cantidad máxima de residuos de sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o
afines de uso en la agricultura o sus metábolitos
cuya presencia es legalmente permitida, en productos de consumo humano o
animal.
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Toxicidad:
Propiedad que tiene una sustancias y sus productos metabólicos o de
degradación, de provocar a dosis determinadas y en contacto con la piel o las
mucosas, un diario a la salud, luego de estar en contacto con la piel, las
mucosas y/o haber ingresado en el organismo biológico por cualquier vía.
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Tránsito:
Paso de un envío por el país hacia otro país sin ser dividido, almacenado o
cambiado de empaque, ni haber estado expuesto a contaminación de plagas, así
como el paso de sustancias químicas, biológicas, bioquímicas o afines y equipo
de aplicación de uso en la agricultura.
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Tratamientos:
Procedimiento autorizado oficialmente para matar, eliminar o esterilizar
plagas.
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Vector transgénico o
agente vector transgénico: Organismo, material u objeto utilizado
para transferir material genético del organismo donador al organismo receptor.
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Veda:
Prohibición de siembra en el espacio y tiempo, de cultivos que pongan en riesgo
la condición filosanitaria de un área y que
signifiquen las permanencia y reproducción de plagas.
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Vegetal:
Plantas y productos vegetales.
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Vegetales Transgénicos:
Ver Material Transgénico.
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Vivero:
Sitio donde permanecen las plantas procedentes de almácigos o germinadores para
ser injertados o recreados.
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Zona Libre:
Ver Arca Libre.