Artículo 80.De la denuncia de
violación de la Ley. Toda persona está obligada a denunciar ante la autoridad
judicial correspondiente, a quienes infrinjan la Ley de Protección Fitosanitaria y sus
reglamentos.
En la denuncia, se deberá aportar ante
la autoridad competente en forma documental u oral, indicando lo siguiente:
- Fecha.
- Ubicación del problema.
- Nombre y dirección del infractor.
- Problema existente.
- Nombre y dirección del denunciante.
Así como, adjuntarle las pruebas existentes.
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