Artículo 189.Del permiso para
los productos destinados a la investigación. La Dirección podrá autorizar la
importación de vegetales, agentes de control biológico y otros productos básicos con
restricciones o prohibiciones, destinados a la investigación científica, para lo cual el
interesado deb.erá presentar una solicitud. Para su resolución, la Dirección dispondrá
de un plazo de hasta 30 días hábiles para su estudio. En caso de autorización la
Dirección establecerá las medidas y procedimientos para el seguimiento posentrada
respectivo.
|