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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26921 >> Fecha 20/03/1998 >> Articulo 241
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26921 - Articulo 241
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Artículo 241
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TITULO XI

DE LOS LABORATORIOS OFICIALES

    Artículo 241.—De los Laboratorios Oficiales Fitosanitarios. La organización y funcionamiento de los laboratorios se establecerán, según lo estipulado y de acuerdo al Laboratorio que se trate, en los siguientes reglamentos técnicos:

- Reglamento del Laboratorio de Diagnóstico Fitosanitario,

- Reglamento para el Control de Calidad de Sustancias Químicas, Biológicas y Bioquímicas de uso en la Agricultura.

- Reglamento del Laboratorio para el Análisis de Residuos de Sustancias Químicas y Biológicas de uso en la Agricultura para consumo humano y animal.

- Reglamento del Laboratorio de Producción de Organismos Benéficos para uso en la Agricultura.

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