Artículo 140.Incompatibilidades y prohibiciones
Es incompatible con cualquier otro destino público el cargo de
empleado a tiempo completo del Registro. Es prohibido a los empleados del Registro
intervenir o participar de manera alguna en la redacción de documentos sujetos a Registro
y en su presentación, trámite e inscripción, a menos que estén interesados
personalmente ellos, su cónyuge, hermanos, ascendientes o descendientes consanguíneos o
afines.
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