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 Normativa >> Reglamento municipal 79 >> Fecha 20/07/1999 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento municipal 79 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Los Concejos de Distrito son corresponsables de la vigilancia y cuidado en la aplicación de este Reglamento junto con la Municipalidad.

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