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 Normativa >> Reglamento municipal 79 >> Fecha 20/07/1999 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento municipal 79 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7°—Queda absolutamente prohibida la venta de licores y de cigarrillos, en cualquiera de sus formas o presentaciones, a menores de edad. El incumplimiento de esta norma se sancionará de acuerdo con lo establecido en la Ley de Licores y su Reglamento.

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