Artículo 82.-De las derogatorias.
El presente Reglamento deja sin efecto el Reglamento del
Seguro de Enfermedad y Maternidad, del 1° de setiembre de 1942, aprobado en la
sesión 66, artículo 2°, del 1° de setiembre de 1942, el Reglamento de traslado
de Hospedajes aprobado en el artículo 2° de la sesión 1163 celebrada el 17 de
diciembre de 1952, el Reglamento sobre Afiliación de Patronos y Trabajadores
aprobado en el artículo 13° de la sesión 3767, celebrada el 27 de febrero de
1968, el Reglamento del Fondo Nacional de Mutualidad, aprobado en las sesiones
6077, 6078 y 6080 del 11, 15 y 18 de diciembre de 1986, respectivamente, el
Reglamento para la Concesión de Accesorios y Prótesis Médicas, vigente a partir
del 14 de febrero de 1991, el Reglamento para la Concesión de Ayuda Económica
para Libre Elección Médica y sus correspondientes reformas, el Manual de
Adscripción y Beneficio Familiar aprobado por las Gerencias Médica y Financiera
el 24 de octubre del 2014 según lineamiento GM-45.786-14 GF-41.425, así como
cualquier otra norma de igual o inferior rango que se le oponga.
(Así reformado por el artículo 23
del Reglamento para la Protección Familiar
en la Caja Costarricense de Seguro Social aprobado mediante sesión N° Sesión 9213 del
05 de octubre de 2021)
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