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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26656 >> Fecha 09/01/1998 >> Articulo 37
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26656 - Articulo 37
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Artículo 37    (No vigente*)
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CAPITULO X

Del Area Financiero-Administrativa

    Artículo 37.—El Area Financiero Administrativa cumple las siguientes funciones:

a) Proveer a la Institución de los recursos materiales y servicios profesionales necesarios, conforme con las leyes vigentes y procedimientos de contratación administrativa, para apoyar la consecución de los objetivos institucionales.

b) Dotar al Instituto del recurso humano necesario, idóneo, capacitado y motivado, dentro de una estructura ocupacional adecuada a la organización.

c) Proveer y administrar los recursos financieros que demande el Instituto por medio del proceso presupuestario y del sistema contable, garantizando su ejecución conforme a la normativa vigente y en protección a la administración pública.

d) Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo de todos los activos y los servicios generales básicos para apoyar las actividades institucionales y asegurar su óptimo funcionamiento.

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