Artículo
35.—El Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs) de enfermedades
trasmisibles cuenta con el Centro de Sistemas de Tecnología de la Información
que cumple las siguientes funciones:
a) Crear y mantener una visión de largo plazo en materia de sistemas y tecnología
de la información recurriendo a estrategias que permitan obtener soluciones
informáticas oportunas y costo/efectivas de acuerdo con los requerimientos,
mareo de referencia estratégico del INCIENSA y los avances tecnológicos.
b)
Crear, mantener y regular una infraestructura de Sistemas de Información y
Tecnología de información adecuada al marco estratégico y a los procesos de
producción científica y de apoyo financiero-administrativo del INCIENSA.
c)
Brindar un servicio de soporte técnico y asesoría al usuario final para una óptima
administración y utilización de los sistemas de información y de los recursos
tecnológicos en el campo de la informática, para apoyar los procesos de
producción científica y de apoyo financiero-administrativo.
(Así reformado por el
artículo 1 del decreto N° 34419 de 04 de febrero de 2008)
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