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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26656 >> Fecha 09/01/1998 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26656 - Articulo 28
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Artículo 28    (No vigente*)
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   Artículo 28.—Es responsabilidad de los miembros del Comité Científico-Etico cumplir con las obligaciones que se estipulan en las Normas y Procedimientos del Comité Científico-Ético vigente.

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