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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26656 >> Fecha 09/01/1998 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26656 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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   Artículo 4°—Los objetivos principales del Instituto serán:

a) Conducir el proceso de formulación, instrumentación, monitoreo y evaluación de la Política y Prioridades Nacionales de Investigación Científica, concertando a las instituciones, en apoyo a la Rectoría del Ministerio de Salud.

b) Promover el desarrollo de investigaciones que generen conocimiento necesario para apoyar la toma de decisiones oportunas y eficaces que faciliten la prevención y control de problemas prioritarios en salud del país.

c ) Realizar investigaciones estratégicas y proyectos de innovación tecnológica de acuerdo con las prioridades del país en materia de salud, apoyando la toma de decisiones.

d) Participar en la prevención y control de los problemas prioritarios de salud en el país mediante el desarrollo de sistemas de vigilancia epidemiológica.

e) Participar en los procesos de educación para la salud, formación y capacitación de recursos humanos, a partir del conocimiento y experiencia generada de los programas y proyectos que se realicen.

f) Brindar cooperación técnica para la definición, formulación, control y evaluación de políticas, estrategias y programas nacionales de salud y nutrición.

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