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 Normativa >> Ley 7935 >> Fecha 25/10/1999 >> Articulo 72
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Normativa - Ley 7935 - Articulo 72
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Artículo 72
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72

ARTÍCULO 72.- Derogación de los artículos 22, 23 y 24 de la Ley No. 6955.

Deróganse los artículos 22, 23 y 24 de la Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, No. 6955, de 24 de febrero de 1984.

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