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TÍTULO III
DEBERES DE LA SOCIEDAD
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 12.- Deberes del Estado
El Estado deberá garantizar las condiciones óptimas de salud,
nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas
adultas mayores. Asimismo, deberá asegurar a todos los trabajadores una
preparación adecuada para la jubilación.
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