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ARTÍCULO 16.- Integración al núcleo familiar
En la medida de lo posible, las personas adultas mayores deben
permanecer integradas a su núcleo familiar y su comunidad, participando
activamente en la formulación y ejecución de las políticas que afecten
directamente su bienestar. Además, deben tener la oportunidad de prestar
servicios a la comunidad, en puestos apropiados a sus intereses y
capacidades.
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