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 Normativa >> Ley 7935 >> Fecha 25/10/1999 >> Articulo 47
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Normativa - Ley 7935 - Articulo 47
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Artículo 47
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47

ARTÍCULO 47.- Nombramiento

La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un Director Ejecutivo de nombramiento y remoción libres de la Junta Rectora, quien deberá poseer, como mínimo, el grado académico de licenciatura así como conocimientos y experiencia en materia de envejecimiento y administración.

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