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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28528 >> Fecha 03/03/2000 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28528 - Articulo 8
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Artículo 8
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CAPITULO 3

Certificación

Artículo 8º—Todos los buques recibirán un Certificado de Arqueo en el cual constarán los datos de identificación y las características principales, así como, los espacios y características determinantes del arqueo.

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