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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26293 >> Fecha 10/06/1997 >> Articulo 7
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<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26293 - Articulo 7
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Artículo 7    (No vigente*)
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Artículo 7°—En concordancia con el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y en lo que se refiere al cobro del Impuesto forestal, la Administración Forestal del Estado fungirá como Administración Tributaria y como tal deberá denunciar los delitos

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