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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28170 >> Fecha 01/10/1999 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28170 - Articulo 1
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Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

N° 28170-J-MEP

   

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE JUSTICIAY GRACIA

Y EDUCACIÓN PUBLICA

   

En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política,           

 

 Considerando:

 

    1°—Que el Plan Nacional de Rescate y Fortalecimiento de Valores es dirigido por la Comisión Nacional de Rescate y Formación de Valores y está declarado de interés nacional.

    2°—Que mediante este Plan la Comisión pretende rescatar y fortalecer todos aquellos valores que gestaron la Nacionalidad Costarricense.

    3°—Que es fundamental promover el fortalecimiento de estos valores mediante la manifestación de actitudes personales y sociales que conduzcan al crecimiento y formación integral de individuo.

    4°—Que es importante establecer un día nacional que conmemore estas actitudes y simbolice la lucha permanente por la ética y los valores fundamentales de la sociedad costarricense. Por tanto,

   

decretan:

 

    Artículo 1°—Declarase el 1° de octubre como Día Nacional del Rescate y Formación de Valores.

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