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 Normativa >> Ley 7983 >> Fecha 16/02/2000 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7983 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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TÍTULO X

Disposiciones Transitorias

TRANSITORIO I.- Los reglamentos, directrices y acuerdos emitidos por la Superintendencia en el momento de la entrada en vigencia de esta ley, mantendrán su plena vigencia mientras no sean modificados o sustituidos conforme a lo dispuesto en esta ley.

 

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