Artículo 10.—
La Gobernación
de la Provincia
proveerá los recursos humanos materiales y financieros, así como las
instalaciones, el equipo de oficina y transporte, requeridos para el
funcionamiento de la
Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial.
El Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) presentará la asesoría y colaboración
necesarias de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias y patrimoniales.
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