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ARTÖCULO 6§.-Se establecen las siguientes Pol¡ticas
Generales de Rehabilitaci¢n
Integral.
a) Poner al alcance de las personas discapacitadas los recursos
y servicios de rehabilitaci¢n,
de manera que reciban atenci¢n integral o individual
concebida en forma
precoz, apropiada y continuada y de preferencia en su propio
contexto sociocultural.
b) Desarrollar actividades regulares de rehabilitaci¢n precoz
en los programas de
prevenci¢n primaria y secundaria, a nivel nacional, regional
y local.
c) Promover y desarrollar actividades program ticas de
rehabilitaci¢n con base
en la comunidad.
d) Fortalecer y desarrollar servicios coordinados de
rehabilitaci¢n f¡sica y mental,
laboral, educativa y social a nivel nacional, regional y
local.
e) Estimular la participaci¢n interactiva de los servicios, la
comunidad, la familia
y las propias personas discapacitadas en el proceso de
rehabilitaci¢n integral.
CAPITULO I
Pol¡ticas de Rehabilitaci¢n F¡sica y
Mental
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