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ARTÖCULO 11.-Se considera evaluaci¢n el proceso utilizado
para determinar el
nivel del funcionamiento de la persona y los servicios educativos
que requiere. La
evaluaci¢n deber ser el punto de partida de la atenci¢n
individualizada de las personas
con necesidades especiales.
Las pruebas y otros materiales utilizados en la evaluaci¢n
deber n:
a) Ser administrados por personal capacitado y en el ambiente
m s familiar posible
para el evaluado.
b) Ser administrador en el lenguaje o sistema de comunicaci¢n
utilizado por el
evaluado.
c) Haber sido validos para el prop¢sito que se pretende.
d) Evaluar el nivel de funcionamiento socioemocional y
acad‚mico, adem s el
ritmo y estilo de aprendizaje. La evaluaci¢n no se
circunscribir solo al cociente
intelectual.
e) Ser complementados con informaci¢n de fuentes similares y
profesionales sobre
condici¢n f¡sica, cultural y social.
SECCION IV
Servicios
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