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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19101 >> Fecha 12/07/1989 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19101 - Articulo 32
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32

ARTÖCULO 32.-La difusi¢n sistem tica de informaci¢n acerca

de todos los aspectos

relativos a las personas con necesidades especiales deber 

realizarse primordialmente,

para aumentar los conocimientos y la toma de conciencia p£blica.

CAPITULO III

Pol¡ticas de Rehabilitaci¢n Profesional

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