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 Normativa >> Reglamento municipal 90 - 1 >> Fecha 05/10/1999 >> Articulo 26
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Normativa - Reglamento municipal 90 - 1 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.—Recurso de apelación. La resolución que resuelva el Recurso de Revocatoria tendrá Recurso de apelación dentro de quinto día para ante el Alcalde Municipal. También deberá presentarse en escrito motivado en que consten los antecedentes del caso, los hechos, los argumentos, criterios, opiniones y fundamentos legales y probatorios del recurso.

La resolución que resuelva este recurso deberá contener los mismos requisitos formales que se describen en el articulo 24 de este Reglamento.

Esta resolución además agotará la vía administrativa.

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