Artículo 13.Condiciones en que
se otorgan las patentes. Las licencias municipales son propiedad municipal, a
excepción de la patente de licores que se rige por una ley especial y se otorgan
únicamente para el ejercicio de la actividad que ellas mismas determinan y en las
condiciones que establece la resolución administrativa que se dicte con ese fin. Son
otorgadas hasta la muerte del patentado o su extinción de acuerdo a la ley.
|