Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 90 - 1 >> Fecha 05/10/1999 >> Articulo 11
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 11     >>
Normativa - Reglamento municipal 90 - 1 - Articulo 11
Ir al final de los resultados
Artículo 11
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior

Articulo 11.—Reserva de requisitos por parte de la Municipalidad. La Municipalidad, de acuerdo a las normas de este Reglamento, podrá reseñarse la potestad de exigir al patentado la obligación de cumplir con los requisitos antes señalados de previo al otorgamiento de la licencia municipal. En casos debidamente motivados en una resolución así fundada podrá exceptuar de la presentación de estos requisitos reservándose el derecho de verificar mediante el proceso de inspección municipal que el patentado cumpla con ellos posteriormente y dentro del plazo indicado en el artículo anterior.

   (Reformado parcialmente por artículo 26 de la sesión ordinaria N° 3, celebrada el 2 de mayo del 2002)

Ir al inicio de los resultados