Artículo 37.Facilitación de los
funcionarios para emitir y hacer cumplir ordenes. Los funcionarios municipales están
facultados por el ejercicio de su cargo para emitir órdenes, previamente fundadas y
por escrito, a los administrados y velar por su fiel cumplimiento. Además están
facultados para hacer cumplir las órdenes que emanan de otros funcionarios municipales y
que se les encarga de ejecutar. El mal uso de esta facultad podrá hacer incurrir al
funcionario en el delito de abuso de autoridad de acuerdo al tipo penal correspondiente.
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