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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29004 >> Fecha 11/09/2000 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29004 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Modificase los tramos de renta imponible señalado en el artículo 15, inciso c) de la Ley de Impuesto sobre la Renta N ° 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, de la siguiente manera:

i) Las rentas de hasta 1.073.000,00 anuales, no estarán sujetas al impuesto.

ii) Sobre el exceso de 1.073.000,00 anuales y hasta 1.603.000,00 anuales, se pagará el diez por ciento (10%).

iii)Sobre el exceso de 1.603.000,00 anuales y hasta 2.674.000,00 anuales, se pagará el quince por ciento (15%).

iv) Sobre el exceso de 2.674.000,00 anuales y hasta 5.359.000,00 anuales, se pagará el veinte por ciento (20%).

v) Sobre el exceso de 5.359.000,00 anuales, se pagará el veinticinco por ciento (25%).

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