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 Normativa >> Tratados Internacionales 7968 >> Fecha 22/12/1999 >> Articulo 18
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Normativa - Tratados Internacionales 7968 - Articulo 18
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Artículo 18
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18

ARTÍCULO 18

Derechos y obligaciones en virtud del Tratado

        Con sujeción a cualquier disposición que especifique lo contrario en el presente Tratado, cada Parte Contratante gozará de todos los derechos y asumirá todas las obligaciones dimanantes del presente Tratado.

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