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 Normativa >> Ley 7978 >> Fecha 06/01/2000 >> Articulo 22
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Normativa - Ley 7978 - Articulo 22
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Artículo 22
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22

Artículo 22°- Modificación en la renovación. En una renovación no podrá introducirse ningún cambio en la marca ni ampliarse la lista de los productos o servicios cubiertos por el registro.

La inscripción de la renovación mencionará cualquier reducción o limitación efectuada en la lista de los productos o servicios que la marca distingue.

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