Artículo 30.- Derogatoria: Deróguese los artículos 6 y 50 del
Decreto Ejecutivo N° 11492-S de 22 de abril de 1980 y sus reformas.
NOTA
DE SINALEVI:
La derogatoria realizada a
este artículo por el decreto
ejecutivo N° 29190 del 4 de diciembre del 2000,
quedó sin efecto, al ser derogado
este último por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 33168
del 17 de mayo del 2000, por
lo cual el artículo recobra el texto que tenía antes de la
derogación.
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