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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29145 >> Fecha 28/08/2000 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29145 - Articulo 14
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Artículo 14
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            Artículo 14.—De presentarse en la población aviar del país, una enfermedad exótica como el newcastle velogénico-viscerotrópico, influenza aviar o cualquier otra enfermedad que a juicio de la Dirección de Salud Animal del MAG, amerite la toma de medidas zoosanitarias de emergencia, el cumplimiento de las mismas será obligatorio en el momento que así lo disponga el MAG para la atención de la emergencia.

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