Buscar:
 Normativa >> Ley 3726 - A >> Fecha 16/08/1966 >> Articulo 32
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 32     >>
Normativa - Ley 3726 - A - Articulo 32
Ir al final de los resultados
Artículo 32
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 32.- Son objetivos de la educación media en Centroamérica:
1) Lograr formación integral del adolescente, considerado individual
y socialmente.
2) Proporcionar al educando los conocimientos teóricos y prácticos y
desarrollar las habilidades y aptitudes que le permitan cursar con buen
éxito los estudios superiores o las actividades vocacionales.
3) Preparar para la vida cívica y económica y el ejercicio
responsable de la libertad, procurando el conocimiento básico de las
instituciones centroamericanas y de sus realidades económicas y sociales.
4) Estimular la imaginación creadora y desarrollar el pensamiento
reflexivo.
5) Formar en el educando una conciencia moral que fundamente el
sentido de responsabilidad, por el conocimiento y ejercicio de los
deberes y derechos, como miembro de la familia, futuro ciudadano y factor
eficaz en el progreso material y espiritual de la comunidad
centroamericana.

Ir al inicio de los resultados