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 Normativa >> Ley 3726 - A >> Fecha 16/08/1966 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 3726 - A - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º.- Los Estados signatarios reconocen a la escuela como
una Institución social al servicio de las necesidades y aspiraciones del
pueblo, que debe funcionar como una empresa integrada al hogar, a la
comunidad y a las instituciones de servicio público.

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