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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29244 >> Fecha 29/11/2000 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29244 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25

Artículo 25.—Requisitos de admisibilidad. Toda reclamación deberá dirigirse al Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos y presentarse ante el Departamento Legal del ICODER, con los siguientes requisitos:

a- Mediante escrito original y tantas copias como partes hayan en el proceso.
b- Nombre y apellidos del reclamante y su domicilio.
c- Concretar la pretensión, su origen y naturaleza.
d- Motivos y fundamentos de hechos y derecho.
e- Señalar lugar o número de facsímil para recibir notificaciones
f- Fecha y firma del reclamante.
g- Autenticado por Abogado.
h- En caso de asociaciones, federaciones y sociedades anónimas deportivas aportar certificación de personería jurídica, con una vigencia de dos meses.

La ausencia de los requisitos indicados en los numerales B, C, E y F obligará al rechazo y archivo de la reclamación.

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