Artículo 4ºIntegración
Artículo 4ºIntegración. El
Tribunal Administrativo de Conflictos Deportivos, estará integrado por cinco miembros,
profesionales en Derecho y de preferencia con experiencia en la tramitación de asuntos
judiciales. Cada miembro será nombrado por el Consejo Nacional del Deporte y la
Recreación.
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