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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29375 >> Fecha 08/08/2000 >> Articulo 85
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29375 - Articulo 85
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Artículo 85
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CAPÍTULO X

CAPÍTULO X

De las quemas agrarias

Artículo 85.—El MAG, en coordinación con el MINAE y el MS, emitirá los principios fundamentales mediante los cuales podría autorizarse la práctica de quemas en actividades agrarias.

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