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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29375 >> Fecha 08/08/2000 >> Articulo 89
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29375 - Articulo 89
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Artículo 89
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Artículo 89

Artículo 89.—Todas las personas físicas y jurídicas públicas y privadas, se encuentran obligadas a brindar su apoyo y colaboración a las Brigadas contra Incendio del MINAE, para contrarrestar los efectos nocivos de los incendios.

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