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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29375 >> Fecha 08/08/2000 >> Articulo 94
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29375 - Articulo 94
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Artículo 94
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CAPÍTULO XII

CAPÍTULO XII

Disposiciones para el control de la contaminación ambiental

Artículo 94.—Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuyas actividades pueden causar contaminación del suelo, agua y aire, deberán sujetarse en el ordenamiento jurídico sobre la materia y el presente reglamento.

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