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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29473 >> Fecha 05/01/2001 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29473 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Serán sancionados de acuerdo con las leyes penales quienes incumplan con lo dispuesto en el presente Reglamento Técnico

Artículo 4º—Serán sancionados de acuerdo con las leyes penales quienes incumplan con lo dispuesto en el presente Reglamento Técnico.

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