Artículo 10.Sanciones por incumplimiento de requisitos. La
Municipalidad podrá sancionar mediante las normas que tiene este Reglamento y las
otras del Ordenamiento Jurídico vigente que no se le opongan y le complementen, aquellas
conductas del solicitante que impliquen el incumplimiento de los requisitos ya dichos
atrás o de las normas de este Reglamento, antes y durante el ejercicio del derecho
consagrado en el permiso de construcción y de acuerdo a las normas del Ordenamiento
Jurídico vigente.
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