Artículo 130
Artículo 130.— Para evitar que se produzcan lesiones en la piel o musculatura de los animales, durante su descarga o movilización dentro de los corrales se utilizarán instrumentos adecuados, se evitará en todo momento el uso de dispositivos puntiagudos.
Se prohíbe usar instrumentos puntiagudos o cualquier otro que pueda lesionar la piel o la musculatura de los animales en el momento de desembarcarlos o durante el movimiento de los animales.
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