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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29588 >> Fecha 28/05/2001 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29588 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21

Artículo 21.—Aquellas actividades industriales que utilicen calderas en su proceso o cuenten con un sistema de rendering deberán presentar ante la DPAH, la descripción de los sistemas de control de contaminantes atmosféricos y la respectiva autorización del Ministerio de Trabajo.

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